Hasta a $102.000 asciende la multa por infringir el silencio electoral. Desde el viernes 9 de abril rige el periodo de silencio electoral que concluye a las 17:00 del domingo 11 de abril.
Este viernes desde las 00:00 iniciará el periodo de silencio electoral, previo a los comicios presidenciales. Quienes infrinjan esta disposición afrontarán una multa de entre $10.000 a $102.000. Para verificar el cumplimiento de este hito del calendario electoral, la Unidad de Fiscalización del Consejo Nacional Electoral se mantendrá activa hasta las 17:00 del domingo 11 de abril, hora en que concluye el silencio electoral, resaltó Josselyn Mejía, presidenta de la Junta Provincial Electoral.
Durante el silencio electoral no se podrá realizar: la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas; la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes en todo tipo en medios de comunicación que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral ni la realización de mítines, concentraciones o cualquier otro acto o programa de carácter electoral. Entre las sanciones también está la suspensión del medio de comunicación por seis meses, si este es reincidente, explicó Patricio Fernández, director provincial del CNE.
En el marco de la segunda vuelta electoral, desde este viernes 9 de abril también regirá la Ley Seca, a partir de las 12:00 hasta las 12:00 del lunes 12 de abril. Esta disposición consiste en prohibir la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas. La sanción por irrespetar la medida consiste en el pago del 50% de la Remuneración Básica Unificada que, actualmente, llega a los $200.
Ambas disposiciones, tanto el silencio electoral como la ley seca, y las sanciones que implica su incumplimiento, serán aplicadas por la autoridad electoral.